Procuraduría
General de la Nación sancionó con suspensión de ocho meses al alcalde de
Sogamoso y presidente de la junta directiva de la Empresa Coservicios, Sandro
Condía Pérez, por ordenar el cierre del relleno Sanitario “Terrazas del
Porvenir”, sin tener los estudios técnicos necesarios para adoptar esta medida.
El ente
de control declaró probados los cargos formulados al disciplinado y estableció
que el mandatario local tomó la decisión sin contar con los estudios de
estabilidad de taludes para precisar la vida útil del sitio de disposición
final de residuos sólidos.
Así
mismo, la Procuraduría determinó que Condía Pérez se extralimitó al ordenar a
la empresa de servicios públicos la suspensión del recibo de residuos sólidos
en el Relleno Sanitario “Terrazas del Porvenir”, provenientes de Sogamoso y 43
municipios de Boyacá, sin tener la competencia de tomar esta determinación de
manera unilateral.
La
Procuraduría advirtió que, si bien el alcalde debía garantizar la disposición
final de los residuos sólidos de Sogamoso, no podía privar del servicio a 43
municipios que hacían uso del relleno, teniendo en cuenta que uno de los pilares
en que se sustenta la prestación de los servicios públicos es la continuidad.
Puntualizó
que el mandatario local no actuó con el cuidado necesario que cualquier persona
del común despliega en sus actuaciones, toda vez que, con la medida adoptada a
través del oficio del 18 de octubre de 2017, puso en riesgo de una emergencia
sanitaria a varios municipios de Boyacá que disponían los residuos sólidos en
el relleno sanitario.
En
decisión de segunda instancia, el órgano de control calificó la extralimitación
de funciones como grave a título de culpa gravísima, mientras que el haber
adoptado la medida sin tener estudios técnicos, se calificó como falta
gravísima a título de culpa grave.
Foto: Alcaldía de Tunja
Abogado del alcalde apelará
Abogado del alcalde de Sogamoso indicó que una vez se
notifiquen del fallo de la Procuraduría, interpondrá un recurso de aclaración
de fallo y una tutela, acciones que podrían garantizar que el mandatario
termine su periodo administrativo. Aclaró que esta nueva decisión revoca la destitución
e inhabilidad por 11 años, emitida en primera instancia, así lo dio a conocer Gilberto
Rondón González, apoderado alcalde de Sogamoso.
“Lo primero que tengo que decir es que la Procuraduría en
este fallo no aclara que con esta decisión se revoca la destitución que en
primera instancia la Procuraduría Provincial de Sogamoso le había impuesto al
alcalde, y también revoca la inhabilidad de 11 años, sin embargo, la
Procuraduría Segunda Delegada de Bogotá, al momento de resolver la apelación,
de todas maneras dijo que el alcalde si puso haber cometido alguna falta y le
impuso una sanción menor qué consiste la suspensión del cargo por el término de
ocho meses, esto genera un inconveniente ya que deja al alcalde por fuera de su
gobierno durante este tiempo, pero nosotros hemos considerado desde ya que
tenemos dos acciones por adelantar y así lo haremos, para que se respete la
decisión de los sogamoseños que eligieron a Sandro Condía por cuatro años y
para que el mandatario pueda culminar su periodo administrativo” aseguró el
abogado Rondón González.
Manifestó el abogado que una de las acciones es interponer un recurso
denominado aclaración de fallo, lo cual se hará una vez se notifiquen de la
decisión, esto indica que tendrá que volver al despacho de la procuradora y una
vez se resuelva el recurso, se interpondrá una acción de tutela de confirmarse
la decisión de este órgano de control, la tutela va enfocada a confirmar una
tesis que ha prosperado en otros casos y que ya falló el Consejo de Estado, en
una decisión que favoreció al exalcalde y hoy senador Gustavo Petro, donde se
aclaró que cuando no se trate de temas de corrupción, la Procuraduría carece de
competencia para destituir o suspender a un alcalde que haya sido elegido por
elección popular, con estas acciones considera la defensa que el mandatario
local podrá terminar su periodo administrativo y por ahora no estaría en firme
el fallo proferido. Finalmente aclaró Rondón González que los recursos no dejan
que el fallo de la Procuraduría sea inmediato, aunque puede ser que el alcalde
deba estar unos días fuera de cargo, pero una vez se interpongan las
apelaciones, seguramente el burgomaestre retomará sus funciones y culminará el
periodo para el cual fue elegido, pero si la tutela saliera en contra, esta
también puede ser apelada, así las cosas el resto de año se podría ir en
acciones legales para evitar que se cumpla la decisión del Ministerio Público.
Foto: Twitter


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